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Decreto Con Fuerza de Ley 39

Establece normas para otorgar beneficios a deudores de los créditos a que se refiere el inciso primero del artículo 1º de la ley nº 19.199, y a los deudores cuya cartera administra el ministerio de bienes nacionales de acuerdo a la ley 19.229

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 270437

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